Pago de derechos que corresponden al concepto:a) Por los avalúos se pagarán sobre los montos valuados 2.0 al millar. La tarifa mínima por avalúo será el equivalente a 4.65 veces el valor de la UMA vigente.
ARTÍCULO 69. Por los servicios que presta el Instituto Registral y Catastral del Estado de San Luis Potosí se pagarán los montos siguientes en UMA vigente: a) Por los avalúos se pagarán sobre los montos valuados 2.0 al millar. La tarifa mínima por avalúo será el equivalente a 4.65 veces el valor de la UMA vigente.UMA: 4.65